Asistencia médica tras atropello

Asistencia médica tras atropello, ¿quién paga esto?

¿Quién se ocupa de mi asistencia médica tras atropello? ¿La Seguridad Social? ¿La compañía de seguros culpable? ¿He de pagar yo las facturas del hospital?

asistencia médica tras atropello

Existe una cierta confusión sobre quién se hace cargo de la asistencia médica tras atropello, y en general sobre a quién le corresponde pagar las facturas por el tratamiento sanitario tras un accidente de tráfico. Trataremos de explicarlo caso por caso y luego nos centraremos en el tema concreto del artículo:

Vaya por delante que la Seguridad Social no cubre las facturas sanitarias derivadas de un accidente de tráfico. ¿Significa esto que no me atenderán si les solicito asistencia médica tras atropello?. Sí le atenderán, pero dependiendo de la dinámica del siniestro cabe la posibilidad de que le acaben reclamando los gastos.

En principio, quien ha de correr con todos los gastos médicos es la compañía de seguros del responsable del accidente de tráfico. Lo que sucede es que en virtud de algunas pólizas o situaciones otras entidades pueden anticipar esos pagos, para luego repercutirlos (o no). Veamos unos ejemplos:

Si sufrimos un accidente de tráfico en horario laboral, nuestra mutua correrá con los gastos (seamos peatones, ocupantes o conductores asegurados) y posteriormente los reclamará al seguro del vehículo responsable. Cabe, en virtud del convenio de asistencia sanitaria y si estamos cubiertos por la póliza del vehículo en que viajamos / conducimos, que en lugar de acudir a la mutua lo hagamos en un centro concertado con nuestro seguro.

Si sufrimos un accidente de tráfico siendo conductores / ocupantes de un vehículo amparados por un seguro, deberemos estar a lo que diga la póliza del mismo. Todos cubren la asistencia médica del conductor y o asegurado, por lo que en este caso la aseguradora propia anticiparía los gastos médicos y luego los repercutiría a la contraria si la culpa no es nuestra, o los perdería si lo es. Los ocupantes normalmente suelen estar cubiertos en las mismas condiciones, pero en caso de que no lo estén será preciso solicitar autorización para rehabilitación a la aseguradora contraria.

Y vamos al caso que nos ocupa. Si somos peatones, ¿quién correrá con la asistencia médica tras atropello? Supongo que a estas alturas ha supondrán que es la compañía de seguros del vehículo que nos atropelló, siempre que sea culpable (en caso de que lo seamos nosotros, tenemos un problema). Pero aquí viene una doble cuestión: ¿Hemos de esperar para que nos traten de nuestras lesiones a que dicha aseguradora se declare culpable? y ¿en caso de que así sea, es conveniente que la compañía de seguros que nos ha de indemnizar por el atropello sea quien supervise la rehabilitación que se nos debe dar?

No es mala idea, siempre que sepamos a ciencia cierta que la culpa es de un tercero, que la asistencia médica tras atropello nos la preste la Seguridad Social, sobre todo si nuestras lesiones han sido de consideración. Evitamos así “interferencias” de la aseguradora y nos garantizamosde que los criterios del alta serán estrictamente médicos. Piensénlo cuando el inspector médico del seguro les “invite” a cambiar el hospital público en que están por un centro concertado “afín”.