Más o menos la mayoría de la ciudadanía ya tiene una idea bastante aproximada de lo que es un siniestro total: viene referido normalmente a aquel coche o moto que tras sufrir un accidente de tráfico presenta unos daños cuya reparación supera el propio valor del vehículo. En estos casos la compañía de seguros considera que la reparación es antieconómica y entonces oferta una indemnización al perjudicado por el valor de su coche o moto.
Pero en todo este proceso hay una serie de puntos que no todo el mundo sabe. Para entenderlos es preciso que nos familiaricemos con un término que es posible que nos suene: el valor venal.
El valor venal -aunque a veces el seguro nos lo quiera vender así- no es el valor comercial de nuestro coche o moto. El valor venal es el resultado de unas tablas (tradicionalmente extraidas de la asociación ganvam) que en base al modelo y matrícula de nuestro vehículo arrojan un resultado, el cual ni tiene en cuenta el estado de conservación del mismo ni suele ajustarse al precio que uno de similares características tendría en el mercado.
Ahí arrancan los problemas para el asegurado, ya que para declarar el vehículo como siniestro total se pone en relación lo que cuesta repararlo con el valor venal y no con el valor real, por lo que coches y motocicletas cuya reparación podría ser inferior a lo que valen en el mercado son unilateralmente considerados siniestros. Y la segunda consecuencia es que la indemnización que se pretende abonar por dicho siniestro total también suele corresponderse al valor venal, y no al real.
La pregunta subsiguiente es: ¿y no puedo hacer nada si no quiero aceptar el siniestro total?
En algunos casos sí, pero hemos de diferenciar dos supuestos:
- Supuesto A: que tenga su coche o moto asegurado a todo riesgo y la culpa del accidente sea suya (o de la persona que conducía su coche). En este caso se verá obligado a aceptar el siniestro total, salvo que tenga usted contratada en su póliza una cobertura de valor de nuevo (tradicionalmente incluida en coches de menos de uno o dos años de antigüedad). En este caso le deberían reembolsar el precio de un coche como el suyo nuevo. Si no tiene esa garantía contratada su única opción pasa por buscar un perito independiente que defienda la posibilidad de reparar el coche por menos dinero del presupuestado por el perito de la compañía, aunque en Tenerife es complicado encontrar despachos periciales que no trabajen para compañías de seguros, por lo que esta opción es difícil.
- Supuesto B: Que el accidente de tráfico sea culpa de un contrario. En este caso tiene usted la opción de reparar su coche (eso sí, tendrá que adelantar el importe de la misma) y luego reclamar la factura a la aseguradora. Para ello deberá acreditar que la reparación realmente se ha producido (ojo con las facturas falsas, que no sería la primera persona acusada de estafa por hacer creer que ha reparado su vehículo cuando meramente tiene una factura proporcionada por un amigo chapista). Lo ideal -aunque sea más caro- es reparar el coche o moto en un taller oficial, para evitar susceptibilidades. Es preciso también -al menos es el criterio que como abogados de accidentes en Tenerife hemos venido observando en los juzgados- que la reparación no supere de forma desproporcionada el valor del vehículo (por ejemplo, aportar una factura de reparación de 10.000 euros para un coche de más de diez años podría no ser aceptada). Como colofón de este supuesto, en ocasiones hemos negociado con compañías de seguro una indemnización por siniestro total superior a la inicial “amenazando” a la aseguradora con reparar el coche y repercutir la factura.
En cualquier caso, si no está de acuerdo con la indemnización por accidente de tráfico que en concepto de siniestro total que le realiza el seguro, contacte con un abogado especializado en tráfico. En Abogado Accidente Tenerife quedamos a su disposición para asesorarle.
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