Negociar con la aseguradora tras accidente de tráfico
A la hora de reclamar una indemnización por lesiones es una buena estrategia mientras se está pendiente de juicio tratar de negociar con la aseguradora por los daños del cliente, siempre que el pacto al que se llegue sea beneficioso para los intereses de éste. A continuación les explicamos el procedimiento que utilizamos en Abogado Accidente Tenerife
Dicen que la negociación es el arte de llegar a acuerdos cediendo un poco ambas partes, y ese es el espiritu que en Abogado Accidente Tenerife seguimos a la hora de negociar con la aseguradora una indemnización para los clientes que han sufrido lesiones en un accidente de tráfico. No se trata de esperar a que la compañía de seguros nos llame para ofertarnos una cantidad ridícula de dinero en base a la valoración del médico de la compañía; se trata de, con un informe médico objetivo en las manos y tras calcular la indemnización correspondiente en el baremo de tráfico, poder hacer una pequeña concesión a fin de que a nuestro cliente le paguen antes y sin tener que pasar por el juzgado para celebrar un juicio.
Para entender nuestra forma de negociar con la aseguradora, nada mejor que un ejemplo:
El cliente acude a nuestro despacho tras sufrir un accidente de tráfico. Tiene lesiones consistentes en un latigazo cervical. Interponemos la oportuna denuncia, a fin de que sea visitado por el médico forense, cuyo informe es el que nos servirá de base para negociar con la aseguradora. En lo que nuestro cliente se cura de sus lesiones, le informamos de que no es obligatorio dejarse visitar por el perito médico de la compañía contraria, que lo único que busca es tener un segundo informe paralelo al del forense (pero a la baja) con el cual hacer una contraoferta.
Una vez el cliente es visitado por el forense, recuperamos su informe y en base al baremo de accidentes, lo “convertimos” a dinero. En el caso del ejemplo el forense ha establecido que el cliente precisó de 60 días impeditivos para sanar, restándole una secuela -síndrome postraumático cervical- valorada por el facultativo en dos puntos. Esto, trasladado a baremo y partiendo de que el cliente tenga 25 años, esté trabajando y se hayan estabilizado sus lesiones en el año 2014, nos da la siguiente operación:
60 días impeditivos X 58,41 = 3.504,6
2 puntos de secuela X 811,68 = 1.623,36
10 % sobre secuelas por estar en edad laboral =162,33
10% sobre días de baja por acreditar estar trabajando = 350,46
Lo que daría un total de 5.640,75 euros.
A la hora de negociar con la aseguradora nuestra postura suele ser la de “perdonarles” el 10% de factor corrector sobre los días, ya que no todos los jueces lo conceden en juicio. Asimismo y por pronto pago no se les reclaman intereses de demora. Por lo tanto, la cantidad final que entenderíamos como razonable a fin de cerrar el asunto y que nuestro cliente cobre en breve ascendería a 5.290,29 euros. Por supuesto, si bien nosotos somos los encargados de negociar con la aseguradora, la última palabra siempre la tiene el cliente.
Si el cliente acepta, la compañía de seguros nos envía unos finiquitos, que devolvemos firmados por el cliente junto con su número de cuenta y una copia de su DNI. En pocos días el cliente recibe la transferencia y acto seguido procedemos a presentar la renuncia en el juzgado, a fin de que se archiven las actuaciones. Hay alguna compañía, como Mapfre las Palmas, que pretende que con carácter previo al pago el cliente renuncie en el juzgado, lo cual no deja de ser peligroso. Por suerte, este caso es una excepción.