Lesionado en accidente de tráfico, consejos
Si ha resultado lesionado en accidente de tráfico y la culpa del siniestro ha recaído en una tercera persona, siempre tendrá derecho a cobrar la indemnización…. salvo que no siga estos consejos
Los abogados sabemos que una cosa es tener derecho a algo y otra conseguir ese algo. Yo puedo tener derecho a cobrar una herencia, pero si no sigo un determinado procedimiento jamás la cobraré. Pasa lo mismo si quiero divorciarme, reclamar una deuda… o cobrar la indemnización a que tengo derecho si he resultado lesionado en accidente de tráfico.
En el mundillo de los accidentes de circulación la “batalla” entre el lesionado en accidente de tráfico y la aseguradora que ha de abonar la indemnización se centra básicamente en dos puntos:
- Quién tuvo la culpa del accidente.
- Qué lesiones ha sufrido la víctima.
Respecto al primer punto, a nadie se le escapa que hemos de acreditar que la dinámica del accidente entraña la participación culpable de un tercero, aunque en la práctica he de decir que en muchos casos pecamos de confiados. Es el caso de esos clientes que se presentan en la consulta del abogado con los datos del contrario anotados en una servilleta, ya que ni han pedido la intervención de la unidad de atestados correspondiente ni han cumplimentado el modelo estandard de parte amistoso de accidentes, ni tan siquiera han anotado los datos de los posibles testigos del siniestro. Obviamente, si en esta tesitura al contrario le da por negar la culpa en el accidente o incluso la propia existencia del mismo vamos a tener un problema importante. Por lo tanto, el consejo es claro: no mueva los coches ni abandone el lugar de los hechos sin haber redactado (y firmado) por los conductores intervinientes el parte amistoso o en su defecto haber confirmado la intervención de la guardia civil o policía local.
El segundo punto -el daño sufrido por el lesionado en accidente de tráfico– es otra fuente inagotable de problemas, los cuales podemos clasificar en tres tipos:
- Incidencias en el parte de urgencias: Pueden ser éstas de dos tipos: que se tarde más de dos días en acudir a urgencias tras el accidente o que una vez en el hospital no expliquemos todos los síntomas que tenemos, sino sólo los que más nos preocupan. Esto puede hacer que a la hora de reclamar la indemnización el seguro pueda alegar que esas lesiones no corresponden al accidente.
- Elección inadecuada del centro de rehabilitación: Ya hemos hablado en otros artículos que hay centros médicos que dan el alta cuando el paciente se encuentra bien y otros que la dan cuando la aseguradora se lo indica. Esto entraña que el lesionado en accidente de tráfico, si va a parar un centro afín al seguro, vea recortada tanto la rehabilitación como la posterior indemnización. Por norma, huya del centro que le aconseja su seguro y pida consejo a otras personas que hayan sufrido un siniestro con lesiones o a su abogado privado.
- Error a la hora de decidir quién valora las lesiones: Este error viene propiciado por las propias aseguradoras y por algunas franquicias de reclamación de indemnización. La filosofía de estas entidades es: ¿para qué vas a acudir a la vía judicial si puedes lograr una indemnización directa con menos lío? Lo que no indican es que si nos saltamos la vía judicial el médico que valorará nuestras lesiones no será alguien imparcial, sino un perito médico a sueldo de la propia aseguradora que nos ha de pagar, por lo que su valoración implicará una indemnización que de media será un tercio de la que realmente nos corresponde.
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